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La AEPD impone a Twitter 30.000 € de sanción por infracción de la normativa sobre el uso de cookies.
La infracción se tipifica como leve pero se gradúa en su máximo importe teniendo en cuenta:
1️⃣ La existencia de intencionalidad,
2️⃣ Plazo de tiempo durante el que ha venido cometiendo la infracción, al ser la reclamación de mayo de 2018
3️⃣ La naturaleza y cuantía de los perjuicios causados, con relación al volumen de usuarios a los que afecta la infracción, al tener más de 4 millones de perfiles registrados en España,
4️⃣ Los beneficios obtenidos por la infracción y por el volumen de facturación a que afecta la infracción.
https://www.aepd.es/es/documento/ps-00299-2019.pdf🔈
@DerechodelaRed